Reportar o no reportar

Descubre si tu empresa debe hacer reportes ESG

Los criterios ESG son un tema que tiene años creciendo no solo en popularidad en el mercado sino relevancia en las discusiones en las juntas directivas y corporativas. Con todo ese movimiento tal vez te hayas preguntado ¿Cómo saber si mi empresa tiene que hacer reportes ESG? 

 

La respuesta no siempre es clara, sobre todo cuando es un tema que tu o tu empresa no han abordado antes. ¡Por eso estamos aquí para llegar a la claridad!

 

Saber si tienes que hacer reportes ESG es una pregunta que se puede responder mediante dos escenarios:

  1. Reportar es obligatorio
  2. Reportar es voluntario

 

¿Cuándo es obligatorio reportar?

Hacer informes ESG es obligatorio cuando existe una ley o mandato que lo requiere.

 

En el caso de México:

  • La Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó la Taxonomía Sostenible de México en 2024, única a nivel global por incorporar dimensiones ambientales y sociales.
  • En mayo de 2024, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad (CINIF) promulgó las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS).
  • A partir de enero de 2025, será obligatorio para las empresas que reporten estados financieros incluir criterios ESG en sus informes. Es decir, empresas 

 

En el caso de Latinoamérica, algunos ejemplos:

  • Colombia ya cuenta con una taxonomía verde. Panamá, Costa Rica y Rep. Dominicana también han publicado sus taxonomías relacionadas. Asimismo, Brasil, Chile, Ecuador, Paraguay, se encuentran actualmente diseñando sus propias taxonomías. 
  • Brasil trabaja en Normas Internacional de Información Financiera relacionadas con la Sostenibilidad (NIIF)

 

En el caso de Europa:

Existen diversas normativas tales como:

  • UK – Sustainability Disclosure Requirements (SDR)
  • Parlamento Europeo – Non-Financial Reporting Directive (NFRD)
  • Parlamento Europeo – The Sustainable Finance Disclosure Regulation (SFDR)
  • Parlamento Europeo – Taxonomía Europea 
  • Parlamento Europeo – The Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) 
  • UK – Streamlined Energy and Carbon Reporting (SECR)
  • Alemania: The German Supply Chain Due Diligence Act (LkSG)
  • TCFD (The Task Force on Climate-related Financial Disclosures) 
  • Parlamento Europeo – Estrategia de Economía Circular en Plásticos

 

Afectan a empresas de diversos tamaños, y aunque la mayoría son para empresas grandes y que cotizan en bolsa, debido a la CSRD hay más de 50,000 entidades que a partir de 2025 deberán reunir datos para reportarlos en 2026. Y para 2026 las PYMES cotizadas deberán recopilar datos en 2026 para reportar en 2027. Finalmente, empresas con matrices no pertenecientes a la UE comenzarán a reportar datos en 2028 para reportar en 2029.

 

Ahora, ¿qué significa esto para empresas que no son europeas?

  • Empresas mexicanas que forman parte de cadenas de suministro globales podrían verse afectadas por regulaciones extranjeras, como la Ley de Debida Diligencia en la Cadena de Suministro de Alemania o la CSRD.
  • Empresas europeas con subsidiarias en México se verán afectadas en todo o en parte por regulaciones en la Unión Europea (o países individuales dentro de ella) tales como CSRD al solicitarles reportar su Alcance 3 (cadena de suministro).
  • Empresas mexicanas con operaciones en el Reino Unido o la UE, o que busquen inversión de estas regiones, deberán considerar estas regulaciones.
  • La adopción de estándares internacionales como los del ISSB podría influir en futuras regulaciones mexicanas y de latinoamérica.
  • Las empresas mexicanas y de latinoamérica que son parte de cadenas de suministro globales podrían necesitar cumplir con estos estándares para mantener relaciones comerciales.

 

¿Cuándo es voluntario reportar?

En todos los casos que no caigas específicamente en alguno de los supuestos obligatorios. es decir:
Si no eres una empresa que cotiza en bolsa; si no eres una empresa que presenta informes financieros;  si no eres parte de una cadena de suministro global o si no eres una subsidiaria de una empresa extranjera afectada por una normativa o mandato como el CSRD.

 

En esos casos, reportar es una actividad voluntaria. Ahora, la pregunta del millón:

 

Si reportar es voluntario, ¿por qué lo haría?

Puede ser que no tengas una obligación legal o normativa para reportar, pero no por eso significa que es un tema a descuidar. ¡Todo lo contrario! Empezar a hacer reportes ESG, cuando menos con los estándares de las NIS del CINIF en México, es una decisión sabia.

 

Hay 5 razones de negocio:

 

  1. No falta mucho para que lo “voluntario” se vuelva “obligatorio”. Este es el propósito de las NIS- , publicadas este año por el CINIF en México y entrando en vigor en 2025. Entonces es bueno “agarrar práctica” y poner en sitio los procesos y mecanismos necesarios para reportar adecuadamente. 
  2. Mantener clientes. Cada vez más, las empresas grandes y multinacionales -la mayoría de las cuales YA reportan ESG-, motivadas por tendencias de mercado, están extendiendo sus compromisos ESG a su cadena de suministro. Eso significa que pronto empezarán a solicitar a las empresas que son sus proveedores que a) entreguen reportes e información relacionada con los criterios ESG. y b) que eleven su desempeño en los criterios ESG para asegurar tener una cadena de suministro sostenible. 
  3. Acceder a nuevos mercados y clientes. Conocer -y mejorar- tus impactos abre las puertas a acceder a otros mercados y clientes. Ser una empresa con prácticas sostenibles permite diferenciarte y comunicar tu compromiso con la comunidad y el mundo; algo que cada vez más clientes y mercados valoran.
  4. Reducir costos al identificar focos rojos donde hay consumos ineficientes y desperdicio de recursos -gracias a analizar la información obtenida para el reporteo-
  5. Acceder a mejores tasas de interés y productos financieros.

 

Y… ¿Qué encuadres o estándares de reporteo existen?

 

Hay diversos marcos de reporteo (tema al que entraremos con más detalle en otra ocasión), pero por lo pronto es suficiente que sepas que estos diferentes marcos de reporteo plantean diferentes 

  • Temas que abarcar
  • Indicadores que reportar
  • Definiciones de “Materialidad”
  • Alcances a reportar
  • Geografías donde tienen cobertura / aplicación
  • Diferentes grados de compatibilidad o interoperabilidad entre los diferentes marcos. 
  •  

 

Si estás en México, empresas públicas (con valores listados en la Bolsa Mexicana de Valores o en la Bolsa Institucional de Valores) adoptarán las “IFRS-S”, que son las normas de sostenibilidad del International Sustainability Standards Board (ISSB), las cuales se piensa llegarán a ser el marco normativo más utilizado en el mundo para reportar ESG.

 

Las empresas privadas (no listadas en las bolsas de valores) van a empezar con las NIS, publicadas por el CINIF, que abarcan 30 indicadores básicos de sostenibilidad llamados IBSO. Se deben reportar los 30. Cumplir con este requisito es factible pues muchas veces ya cuentas  con los datos (aunque puede ser que en un formato diferente). En caso de no tenerlos, se puede empezar a recolectar la información y medir estos indicadores.

 

Justo ahí está el siguiente desafío: la mayoría de las empresas -incluso las grandes!- no cuentan con plataformas de gestión de datos. Esto representa retos importantes de tiempo y esfuerzo para poder incorporar la data que se necesita para completar estos reportes.

 

En resumen:

  1. Las empresas mexicanas que cotizan en bolsa o presentan reportes financieros deben comenzar a reportar criterios ESG cuando menos conforme a los estándares y marco de las NIS publicadas por el CINIF. 
  2. Las empresas mexicanas con aspiraciones internacionales deben monitorear y prepararse para cumplir con estas regulaciones provenientes de regiones como Reino Unido, Unión Europea, entre otros.
  3. Es crucial desarrollar capacidades internas para la recolección y reporte de datos ESG alineados con estándares internacionales.
  4. Anticiparte a adoptar prácticas de reporte alineadas con estándares globales puede proporcionar una ventaja competitiva en mercados internacionales.

 

 

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